DECISIÓN
En consecuencia, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar la apelación intentada por el abogado José Hidalgo, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia de fecha ocho (08) de abril de dos mil cinco (2005), emitida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, mediante la cual declaró la prescripción de la acción por cobro de prestaciones sociales, contra la Gobernación del Estado Apure; SEGUNDO: Se confirma la decisión apelada; TERCERA: No hay condenatoria en costas, según lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.