DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
UNICO: SIN LUGAR la propuesta de nueva redención de pena por el trabajo y el estudio que formulara la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa en corrección de la propuesta pasada de fecha 21-11-06 asentada en Acta N° 06 del Libro de Actas llevado por tal Junta y ya Ejecutada por este Tribunal, en la causa signada por este Despacho con el N° 1E-1301-05, llevada en contra del penado destacamentario JOSÉ RANGEL COLMENARES, supramencionado.
Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, al defensor y cítese al penado destacamentario a los fines de imponerlo de la decisión. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,
ABG. DAVID OSWALDO BOCANEY