Atendiendo a los razonamientos expresados, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: 1º) DECLINA COMPETENCIA al JUZGADO SUPERIOR CIVIL (BIENES) CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, en la Demanda de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES que intentó la ciudadana NORDA MACHADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 8.167.241 representada por los Abogados NABOR JESUS LANZ CALDERON y HECTOR SALVADOR PARRA FLORES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nºs. 79.342 y 78.978 contra el ESTADO APURE, en la persona del ciudadano Procurador General del Estado Apure, representado por los Abogados OSWALDO LOVERA, ANNALIESSE MONTENEGRO y MIGUEL ANGEL CORTEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nºs. 107.891, 43.265 y 87.505 respectivamente, y de este domicilio.