Por todo lo antes expuesto, este tribunal Mixto Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure; por decisión Unánime, conforme a las previsiones del articulo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara:
PRIMERO: CULPABLE, al ciudadano DARWIN GREGORIO AGUIRRE PERALES, venezolano, mayor de edad, de 31 años de edad, nacido el 17-12-1976 en la ciudad de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, titular de la Cedula de Identidad N° 19.714.412, hijo de Josefina Perales y de Juan Aguirre y residenciado en el Barrio José Antonio Páez calle los Flores al final, San Fernando de Apure, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES O IMNOBLES previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1° del Código Penal con vigencia desde el 13 de Abril de 2005 y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 282 Ejusdem que le endilgaran .....