Se llama al ciudadano RONEL EDGAR GONZÁLEZ. NO ESTÁ. La defensa solicita que si están notificados que se aplique el 340 del Código Orgánico Procesal Penal, y de no ser así se inste al Ministerio Público para que de respuesta a estos órganos de prueba. La ciudadana jueza revisa la causa se observa que no constan las resultas. Se acuerda la aplicación del 340 Código Orgánico Procesal Penal, utilizar la fuerza pública a los efectos que sean conducidos los funcionarios OSWALDO HERNÁNDEZ, EDUARDO GARCÍA. CARLOS LÓPEZ y enviar comunicación al Jefe de la Dirección Interna del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de Caracas, comisario Bernardino Zambrano, para que los conduzca hasta este tribunal, ya que son parte importante para el esclarecimiento de los hechos en la presente causa. Queda bajo la responsabilidad de conducir hasta este tribunal al medico RONEL EDGAR GONZÁLEZ a la parte promovente, es decir, al Ministerio Público. Se suspende el presente juicio para e.....