Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Declarar Consumada La Perención y Extinguida La Instancia la QUERELLA FUNCIONARIAL, interpuesta por la ciudadana YLVIA YRAIZ BLANCO PAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.168.469, debidamente representada por el abogado en ejercicio Delvys Abelardo Rojas Martínez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el Nro. 123.164, contra la GOBERNACIÒN DEL ESTADO APURE.-
Segundo: Se ordena remitir el presente expediente al Archivo Judicial, en la oportunidad legal correspondiente.-