Declara: PRIMERO: CON LUGAR la Demanda por DIVORCIO ORDINARIO, fundamentado en el Artículo 185 del Código Civil venezolano vigente, causal Ordinal 2°, que contempla el "ABANDONO VOLUNTARIO", incoada por el ciudadano: VICTOR MARDONIO RICO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.433.746, con domicilio en frente de la Plaza Bolívar, Casa s/n, Municipio Autónomo de Biruaca, Estado Apure; contra la ciudadana: ROSA MARGARITA GONZALEZ CORDERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.760.924.-