PRIMERO: Se confirma el fallo en consulta dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha primero (1º) de abril de 2008, mediante el cual declaró con lugar la solicitud de calificación de despido interpuesta por el ciudadano José Socorro Rodríguez contra el Instituto Nacional de la Vivienda, con la modificación contenida en el presente fallo; SEGUNDO: Se ordena el reenganche del trabajador a su sitio de trabajo por considerarse injustificado el despido; TERCERO: Se condena al Instituto Nacional de la Vivienda al pago de los salarios caídos y dejados de percibir desde el 07 de marzo de 2007, fecha en que fue notificada de la demanda la parte accionada, hasta el reenganche efectivo del trabajador, teniéndose como último salario percibido por el trabajador, la cantidad de Un Millón Trescientos Bolívares con Cero Céntimos mensuales (Bs. 1.300.000,00) o Mil Trescientos Bolívares Fuertes con Cero Céntimos (1.....