D I S P O S I T I V A
Por todos los argumentos antes explanados, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA POR PERDIDA DEL INTERÉS DEL ACTOR Ciudadana JUANA BILIADA MENDEZ CORONA, Venezolana, mayor de edad y Titular de la Cedula de Identidad N° V-26.316.188, y así se decide.-
SEGUNDO: NOTIFÍQUESE a la parte Demandante ciudadana JUANA BILIADA MENDEZ CORONA, Venezolana, mayor de edad y Titular de la Cedula de Identidad N° V-26.316.188 y/o su apoderado Judicial Abogado JESUS NEPTALI NIEVES, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 235.292
TERCERO: SE ORDENA EL ARCHIVO del presente Expediente y remítase al Archivo Judicial en su oportunidad Legal y después de estar formalmente notificado de la presente decisión todas las partes que en esta sentencia se ordeno notificar.-
PUBLÍQUESE Y.....