Por las razones precedentes expuestas el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con lo pautado en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, ACUERDA: REDIMIR ONCE (11) MESES Y TRES (03) DIAS, DE LA PENA TOTAL QUE CUMPLE EL PENADO GUTIERREZ HIGUITA TRANSITO, Notifíquese a las partes. Lìbrese boleta de traslado.
ABG. NORKA MIRABAL RANGEL
JUEZ SEGUNDO DE EJECUCION