Por las razones antes expresadas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur, con sede en San Fernando de Apure Estado Apure, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE el Cobro de Prestaciones Sociales interpuesto por el ciudadano JESÚS LELIO BENAVIDES, en contra EL ESTADO APURE, por haber operado la Caducidad.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón del principio de igualdad constitucional de las partes.