DISPOSITIVA
En fuerza de los anteriores razonamientos, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar los Recursos de Apelación interpuesto por los profesionales del derecho, ROBERTO JOSÉ SANABRIA y HÉCTOR SALVADOR PARRA, en sus caracteres de defensores privados de los ciudadanos JOSÉ MANUEL PÉREZ NEIRA y SARA MARÍA RUIZ, contra la decisión dictada en fecha 08AGO2008 y publicada el 18SEP2008 por el A-quo, con motivo de la celebración del juicio oral y público en el referido asunto penal, oportunidad en la cual CONDENÓ al acusado JOSÉ MANUEL PÉREZ NEIRA, a la pena de catorce (14) años de presidio, por la presunta comisión del delito de: HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano GERMÁN SIERRA CAMACHO (occiso); y CONDENÓ a la acusada SARA M.....