DISPOSITIVA.
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el Punto Previo de FALTA DE CUALIDAD en la persona de la ciudadana JANETH JOSEFINA GARCIA PARRA DE CASTILLO, parte demandante, opuesto por los Apoderados Judiciales de la parte demandada, Abogados, CARMEN MOTA, FATIMA LOPEZ COELLO y ALCIDE URBINA GARCIA.
SEGUNDO: SIN LUGAR, La reconvención, de la nulidad de la venta verbal de la cosa ajena con la correspondiente indemnización de daños y perjuicios los cuales especificó sobre el precio, costos judiciales, gastos y costas del contrato, demás daños y perjuicios, interpuesta por los apoderados Judiciales de la parte demandadas Abogados CARMEN MOTA, FATIMA LOPEZ COELLO y ALCIDE URBINA GARCIA.
TERCERO: CON LUGAR la RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OFE.....