En consecuencia en el presente caso le procede el Beneficio de Libertad Condicional 2/3, en fecha: 31-05-2007; el confinamiento ¾, en fecha: 31-05-2008, el mismo cumple la pena el 31-05-2011; todo de conformidad con lo establecido en el articulo 501 del código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese del presente cómputo al Fiscal del Ministerio Publico, a la defensa y practíquese las demás diligencias correspondientes. Publíquese. Ofíciese. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,
DR. DAVID OSWALDO BOCANEY.
LA SECRETARIA,
ABG. TAIBETH CASTELLANO.
Seguidamente se cumplió lo ordenado en el auto que antecede
LA SECRETARIA,
ABG. TAIBETH CASTELLANO
CAUSA N° 1E-1199-02
DOB/TC/lo.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA