El Tribunal le hace entrega del Inmueble secuestrado preventivamente totalmente desocupado, tanto de personas y de bienes muebles al depositario judicial designado, quien solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue expuso: "Recibo conforme el inmueble secuestrado que en este acto se me entrega y me pone en posesión éste Tribunal, comprometiéndome a mantenerlo a disposición del Tribunal de la causa, es todo". No siendo otra la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural siendo las 11:35 a.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
La Jueza.
Dra. FATIMA LOPEZ COELLO.
El Apoderado Judicial, La Demandante,
Abg. JESUS GARCIA VAZQUEZ. DIANA CISNEROS.
La Notificada.
ARMINDA TOVAR.
C.I.Nº 17.201.353. Cerrajero,
JULIO GIL. .....