En consecuencia, considerando que la penada debe cumplir su sanción en un lugar diferente al de este Tribunal, específicamente en el ESTADO GUÁRICO. Se Acuerda remitir Copia Certificada de: 1.-Sentencia Condenatoria, del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Pena con Competencia en delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Apure de fecha 28/10/15; 2.- Ejecución de Sentencia y Cómputo con detenido, de fecha 05/01/16. 3.-Auto acordando. EXHORTO DE VIGILANCIA, CONTROL Y MUTUO AUXILIO del presente asunto penal para el TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO (SAN JUAN DE LOS MORROS), a los efectos de sirva recibir al ciudadano JESÚS EFRAIN YUSTI, titular de la cédula de identidad Nº V-8.169.103, para que cumpla con imponer de la Ejecución de la Sentencia y Computo a la penada de .....