Éste Juzgado Segundo del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO el presente Convenimiento Judicial en la forma y oportunidad de pago convenido por las partes antes nombradas, de conformidad con el articulo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se impone de carácter Definitivo PRIMERO: El padre se compromete aportar la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 2.500,00) mensual por concepto de Obligación de manutención, y entregados a directamente a la madre, previa firma de recibos. SEGUNDO: Igualmente, el padre se compromete a pagar una bonificación escolar para el mes de Septiembre de DOCE MIL BOLIVARES (Bs. 12.000,00), para la compra de uniformes y útiles escolares. TERCERO: Asimis.....