es que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, CUMPLIENDO FUNCIONES DE CONTROL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: PRIMERO: Admite totalmente la acusación en contra del ciudadano ALVARADO JOSÉ ORMANDI, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 13.184.851, nacido en fecha 20 de octubre de 1976, natural de Guadualito, de profesión u oficio empleado público, de estado civil soltero, residenciado en la calle Vásquez, casa nº 5-103, Guasdualito, Estado Apure, teléfono 0278-3321470, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YENNIFER BECERRA VIVAS. SEGUNDO: Admite todos y cada uno de los medios de pruebas presentados por la Fiscalía del Ministerio Público. TERCERO: Se.....