Por lo tanto este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria del Estado Apure y del Municipio Arismendì del Estado Barinas se declara INCOMPETENTE para conocer la presente Solicitud de Medida de Protección a la Seguridad Alimentaría y de la Protección al Medio Ambiente intentado por los abogados Gonzalo González Klemm y Dayana M. GOMEZ P. venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 12.030.313 y 15.999.651, inscritos en el inpreabogado, bajo los Nros 94.059 y 126.505 apoderados Judiciales de LA SOCIEDAD MERCANTIL "DESARROLLOS PECUARIOS PORVENIR C.A Y ASOCIACION CIVIL HATO EL PORVENIR.. y declina la competencia por ante el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure con Competencia en los estados Apure y Amazonas con sede en San Fernando de Apure, a cuyo órgano se ordena remitir las presentes actuaciones en su debida oportunidad, para que siga conociendo de la misma.-
Déjese transcurrir el lapso de cinco (5) días de despach.....