Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto en fecha 30 de Septiembre de 2016, por el abogado Pedro Omar Solórzano Reyes, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.641, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano David Richard Pérez Rodríguez, titular de la cédula de identidad N°8.168.378.
SEGUNDO: Confirma la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, dictada en fecha 27 de septiembre de 2016, con las modificaciones antes señaladas.
TERCERO: Se declara SIN LUGAR la Acción Reivindicatoria, incoada por el abogado Pedro Omar.....