PRIMERO: Con Lugar la apelación interpuesta por la ciudadana PETRA MARIA ESQUEDA parte demandante en la presente causa, contra la decisión de fecha 16 de noviembre del año 2011, emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
SEGUNDO: Se revoca la sentencia de fecha 16 de noviembre del año 2011, emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción Judicial del Estado Apure.
TERCERO: Se repone la causa al estado que se cite a los ciudadanos OSCAR HUMBERTO TERAN RODRIGUEZ y JESSICA PAOLA TERAN querellados en la presente causa, para que al segundo día siguiente a su citación expongan los alegatos que consideren pertinentes, en defensa de sus derechos.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.