Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Sin Lugar el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano Miguel Ángel Bravo Acosta, venezolano, mayor de edad de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-12.173.676, debidamente representado por el abogado en ejercicio Nabor Jesús Lanz Calderon, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nº 79.342, contra la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM).
Segundo: Se mantienen firmes y con todos sus efectos jurídicos el acto administrativo impugnado contenidos en el decreto Nº 22 dictad por la ciudadana Fatima López, en su carácter de Jueza Temporal del Tribunal Ejecutor de Medid.....