Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: ÚNICO: Admite el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por el ciudadano Abg. Gonzalo Rafael González Klemm, en su condición de Representante Judicial de la C.A. INVEGA, en la causa signada bajo el Número 1C-6994-05, y en esta Superior Instancia bajo el N° 1Aa-1415-07, contra la decisión dictada en fecha 20-04-2007 por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal por ser impugnable y recurrible, conforme a lo establecido en el artículo 432 en relación con el 437 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal. Provéase lo conducente. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sede de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, a los treinta (30) días del mes de Mayo del año dos mil siete (2007).
PATRICIA SALAZAR
JUEZA PRESIDENTA DE.....