D I S P O S I T I V A:
Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; este Juzgado segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Fundamentado en las razones que anteceden, DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA, todo de conformidad con lo preceptuado en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.-
Diarícese, publíquese, déjese copia, notifíquese a las partes.-Cúmplase.-
La Jueza, Tit.,
Abg. Carmen Dolores Marín
La Secretaria,
Teresa Y. Márquez de Laya
Nota: seguidamente se publicó la anterior sentencia, hoy 30/05/2.007, siendo las 2:00 p.m.,- Conste.-
Teresa Y. Márquez de Laya
Secretaria
CDM/.....