Acto seguido el Juez toma la palabra y emite el siguiente pronunciamiento: "El Tribunal pasa a hacer las consideraciones y análisis siguientes a los fines de decidir: En cuanto a ala denuncia de violación de derechos fundamentales, formulada por la defensa privada y por las argumentaciones que el mismo da, observa quien aquí se pronuncia que el acta de investigación penal suscrita y levantada por funcionarios de la Policía del Estado, de esta ciudad; esta revestida de todos y cada uno de los requisitos previstos en los articulo 112 117 y 169 del Código Orgánico Procesal Penal, en franca observancia y resguardo de todos y cada uno de los derechos constitucionalmente amparados; es más igualmente se le notifica de sus derechos, de acuerdo a un acta anexa respectivamente a la aludida instrumento propio de la investigación de este asunto;
DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas este Tribunal Segundo en Función de Control de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apu.....