Declara CON LUGAR la presente solicitud, bastante y suficiente las presentes actuaciones, a favor las Niñas (Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero), para que reclamen en sus condiciones de "UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS", del De Dujus ANDRES ALEXANDER ESPAÑA SOLORZANO, quien era titular de la cedula de identidad Nro. V-16.271.057.