De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara bastante y suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos CARMEN FELICIA POLANCO DE VALERA, REGIS TUGDUALDO, WHILMAR ASHLEY, LEONCIO ANTONIO, ABEL JOSE, LEONCIO DIOSCORIDIS, NINIVE ZARITZA y NINIVE YARITZA VALERA POLANCO, YALILE JOSEFINA y MIGUEL ANGEL VALERA FLORES, ya identificado, dejando a salvo en todo caso los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a los solicitantes.
LA JUEZ TEMPORAL,
DRA. SANDRA NORIEGA DE RIVERO
LA SECRETARIA,
ABG, GRACIELA TORREALBA
Seguidamente se cumplió con lo ordenado y se devolvió las presentes actuaciones al solicitante constante de VEINTINUEVE (29) folios.
En esta misma fecha siendo las 2:30, pm., se registro y s.....