este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION dándole carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; se levanta la Medída de Embargo Preventiva decretada en fecha 03-07-03 y se ordena el archivo del presente expediente original y su cuaderno de medídas. Ofíciese lo conducente. Désele salida.
El Juez Primero Temp.
Dr. WILMER PEREZ CELIS La Secretaria,
ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR.
Exp. N° 03-355 (Mercantil).
zdev.-