En consecuencia se ordena la practica del Informe Psicosocial y solicitar los Antecedentes Penales que pudiera registrar el penado CARVAJAL ESCALONA GILJER JESÚS, por ante la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, y una vez recabados todos los requisitos señalados en el supramencionado artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal dictara la decisión correspondiente a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena.
Notifíquese del presente auto al Fiscal Séptimo del Ministerio Público y a la Defensa. Notifíquese al penado. Ofíciese lo conducente a la División de Antecedentes Penales. Cúmplase.
LA JUEZ SEGUNDO DE EJECUCION,
ABG. ELVIA CASTILLO RODRIGUEZ.