Se infiere de las mismas una serie de hechos y circunstancias de naturaleza procesal que comprometen la responsabilidad penal del acusado FRANCISCO JOSÉ SÁNCHEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad No V-5.696.065, natural de Cumana Estado sucre, de 55 años de edad, fecha de nacimiento 21/06/1954, de estado civil divorciado, alfabeta, profesión u oficio Obrero, hijo de Rafael Simón Medina Rodríguez y Erasma Marcelina Sánchez, residenciado en el Barrio Bella Vista, calle principal, diagonal a la Estación de Servicio, El Amparo Estado Apure, por la presunta comisión del delito de de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO Y OCULTAMIENTO DE ARMA DE GUERRA, previstos y sancionados en los artículos 277 y 274 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.
EL JUEZ PRESIDENTE,
ABG. MIGUEL PADILLA BAZÓ.
JUECES ESCABINOS,
ARELLANO AVILA YENNY YANNIFERA (Titular 1)
PARADA CHACÓN ANA JUSTINA (Titular 2),
LA SECRETARIA,
ABG. XIOMARA PEÑA......