IV. DISPOSITIVA
Es por todo lo antes expuesto y razonado que éste TRIBUNAL UNIPERSONAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE: PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano JOSÉ MANUEL TORRES LAYA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-19.952.430, de 21 años de edad, nacido en fecha 02/08/1989, hijo de José Torres y Bricerda Laya, residenciado en el barrio Mereicito, carretera nacional vía Elorza, detrás de la escuela, Guasdualito, estado Apure, en la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Yohana Michel Rios Centella, adolescente para cuando ocurrieron los hecho, por el cual presentó acusación la Fiscalía Tercera del Mini.....