DECLARA EL DESISTIMIENTO EL PROCEDIMIENTO. El Tribunal agrega escrito de Promoción de Pruebas consignados por el apoderado judicial de la parte demandante al inicio de la audiencia, de conformidad con lo previsto con el articulo 74 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo". Terminó, se leyó y conformes firman.