Se homologa el convenimiento laboral celebrado el ciudadano JOSÉ RAFAEL FIGUEREDO PINO, venezolano, mayor de edad, titular de la Identidad número V.- 6.936.338, en contra de MIGUEL ALONZO AGRINZONES RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.155.032, igualmente identificado en actas; ambas partes en sus carácter de demandante y demandada comparecieron por ante este Tribunal en fecha 18 de Noviembre de 2.011, debidamente representado el primero de los nombrados por los Abogados ALICAR DE JESÚS GOITIA RODRÍGUEZ y ALEXIS RAFAEL MORENO LÓPEZ, inscritos en el Inpreabogado con el No. 53.376 y 15.984 y el segundo de los nombrados actuando en su carácter de Propietario del Club Los Mangos de Pedro.