CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Desafecto formulada por la ciudadana THAYRI JOSELIN RACHADELL ARMAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.075.684, en contra del ciudadano WILLIAN ALFONZO VILLAROEL WUALDRON, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.359.175, debidamente asistido por la Abogada DESIREE ALEJANDRA MARTINEZ LUGO, Titular de la Cedula de Identidad N° 24.103.003, Defensor Público, padres biológicos del Adolescente (Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero), conforme al criterio de la doctrina emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la Sentencia Nro. 1.070, de fecha 09-12-2016, la cual r.....