se AUTORIZA DE MANERA AMPLIA Y SUFICIENTE a la prenombrada ciudadana, para que en nombre y representación de sus nietas, realice todos los trámites necesarios ante la Dirección de Recursos Humanos de la Gobernación del Estado Apure y el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), todo lo relacionado al cobro de los Beneficios Sociales y Contractuales, tales como Prestaciones Sociales, Pensión de Sobreviviente, de ser el caso, el Seguro Social Obligatorio o cualquier otro ente, nacional e internacional, privado o de la Administración Pública, así como también cualquier empresa de seguro, reaseguro o a cualquier particular, dejada por la decuyus Dulce Soledad Quintero, los cuales les pertenecen como acervo hereditario a sus hijas. Autorizándose para ello a su progenitora, ciudadana Consuelo Isabel Quintero Márquez, plenamente identificada, pudiendo retirar ante dichas instituciones las cantidades de dinero generados por estos conceptos, que serán depositados en la cuenta que se.....