Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA, el acuerdo conciliatorio planteado por los ciudadanos antes mencionados, en los siguientes términos:
PRIMERO: Se "HOMOLOGA, el convenio suscrito por los ciudadanos: JEANNETH MALVINA GUTIERREZ ACEVEDO y MARCOS ANTONIO SOLORZANO LAYA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.046.314 y V-15.046.439, en la cual convienen en que el padre del adolescente el ciudadano: MARCOS ANTONIO SOLORZANO LAYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.046.439, ejerza de hecho y de derecho unilateralmente la patria potestad sobre el Adolescente: (Se omite de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección.....