CUARTO: Medidas Cautelares Sustitutivas de Privación de Libertad de las establecidas en el artículo en contra de el imputado (s) ciudadano ESCALONA BEROES ANGEL OSCAR, Titular de la Cedula de Identidad Nº: V-25.750.297, conforme a lo señalado en los artículos 256.3 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada TREINTA (30) días, por ante el Área de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; por considerar que con las mismas resultan suficientes para garantizar tanto las resultas de la investigación, como del proceso, todo ellos por la presunta comisión del delito precalificado por el Ministerio Publico como OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de el Estado Venezolano.