Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 31/10/2007

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado del Municipio Pedro Camejo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 2007-165 N° Sentencia : Fecha: 31/10/2007
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
NOIRA JOSEFINA FARFAN TORRES Y DARVIS ELIDE ALFONZO CASTILLO
Resumen:
Por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, fórmese expediente, désele entrada y curso de Ley, admítase cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia se HOMOLOGA dicho convenimiento en los términos expuestos por las partes de conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se fija la Pensión de Alimento en la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,00) MENSUALES, en un mercado de alimentos balanceados, que cumplirá a partir del día Veintidós del mes de Noviembre de Dos Mil Siete (22-11-2007), suma ésta que equivale al 8,13% del salario mínimo urbano. Así mismo se fija un Bono Decembrino en el mes de Diciembre de ropa y calzado por un monto de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00). El mercado de víveres mensuales como la ropa y calzado correspondiente al bono Decembrino serán entregados directamente a la madre, ciudadana NOIRA JOSEFINA FARFAN TORRE.....
Juez/Ponente:
Yvi Josefina Castillo Lopez
Organo:
Juzgado del Municipio Pedro Camejo
arriba

N° Expediente : 2007-166 N° Sentencia : Fecha: 31/10/2007
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
MIGDALIS JOSEFINA MARIN RATTIA Y ALCI JOSE LUCENA MARQUEZ
Resumen:
Por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, fórmese expediente, désele entrada y curso de Ley, admítase cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia se HOMOLOGA dicho convenimiento en los términos expuestos por las partes de conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se fija la Pensión de Alimento en la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00) MENSUALES, que cumplirá en una sola parte a partir del día Siete del mes de Noviembre de Dos Mil Siete (07-11-2007), suma ésta que equivale al 32,53% del salario mínimo urbano. Así mismo se fija un Bono Escolar en el mes de Septiembre por un monto de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 400.000,00) y un Bono Decembrino en el mes de Diciembre por un monto de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 400.000,00). Dichas cantidades serán entregadas directamente a la madre, ciudadana MIGDALIS JOSEFINA MARI.....
Juez/Ponente:
Yvi Josefina Castillo Lopez
Organo:
Juzgado del Municipio Pedro Camejo
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados