administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR La presente SOLICITUD DE DIVORCIO POR DESAFECTO incoada por los ciudadanos: MARIA ANGELYS MIRABAL y WINDER GUSTAVO HIDALGO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros V- 15.683.697, y 10.620.877, respectivamente, domiciliados en la Parroquia El Yagual, Municipio Achaguas, Estado Apure,
SEGUNDO; SE DECRETA DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre MARIA ANGELYS MIRABAL y WINDER GUSTAVO HIDALGO, según se desprende del acta N° 04 de fecha 27 de Mayo de 2004. Liquídese la comunidad conyugal.
TERCERO: SE DECLARA FIRME LA SENTENCIA, en virtud de que contra la misma no procede recurso alguno, ni ordinario, ni extraordinario, de conformidad con lo establecido en sentencia de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha dieciocho (18) de mayo de dos mil diecisiete (2017), expediente .....