la Juez, expone: Este tribunal vista la ausencia manifiesta del acusado, y una vez escuchadas las exposiciones de las partes, la del fiscal por su parte en la que solicita orden de captura del ciudadano ESCALONA RAMON DE JESUS, titular de la cédula de identidad N° 11.758.065, y la defensa en la que manifiesta la imposibilidad por razones de salud de su defendido, el tribunal se abstiene de pronunciarse respecto a la solicitud del representante del Ministerio Público hasta tanto sea verificado por el tribunal la veracidad de lo expuesto en este acto por la defensa. En tal sentido por todo lo antes expuesto dada la incomparecencia manifiesta del acusado es que el tribunal segundo de juicio se ve en la imperiosa necesidad de diferir la realización del debate oral y público para el día 16-10-03, a las 10:00am. Quedan notificadas las partes presentes. Es todo. Librense las respectivas Boletas de Notificación al acusado, expertos y testigos en la presente causa, a los fines de que compare.....