D I S P O S I T I V A:
Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en base a todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, fundamentado en las razones que anteceden, ACUERDA: HOMOLOGAR EL PRESENTE RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO; al niño: FREDERY ALEXANDER, todo de conformidad con lo preceptuado en el artículo 8 y 18 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el Artículo 56 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela hecho por los ciudadanos: WILSON RAMÓN CORTEZ PEÑALVER, y JHENIFER ZAIDIMAR SOLIS, en donde han quedado de acuerdo voluntariamente en cuanto el reconocimiento hecho a su hijo: FREDERY ALEXANDER.- SEGUNDO: se acuerda Oficiar a la Jefatura Civil de esta Parroquia Mantecal, a los fines de que se sirva asentar en los Libros respectivo al niño que lleva por nombre: FREDERY ALEXANDER, según Constanci.....