Por todo lo expuesto, este Juzgado Superior, civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y de la Región Sur, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara la Perención de la Instancia en la acción contentiva de Querella Interdictal por Despojo, incoada por el ciudadano Carlos Manuel Dinis Nunes, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-12.059.014, actuando en este acto como representante de la Empresa Mercantil Panificadora Mantecal, debidamente asistido por el abogado Nelson Melgarejo Yapur, venezolano, mayor de edad, Inpreabogado N° 46.028, en contra del ciudadano Italo Cianfrocca, italiano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° AD 68874622, pasaporte 426992W.