Éste Juzgado Segundo del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO el presente Convenimiento Judicial en la forma y oportunidad de pago convenido por las partes antes nombradas, de conformidad con el articulo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se impone de carácter Definitivo PRIMERO: El padre se compromete aportar la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00) mensuales. SEGUNDO: Igualmente, se compromete a pagar un Bono Único Escolar por la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 35.000,00) para la compra de ropa, con motivo del inicio del nuevo año escolar. TERCERO: Asimismo, se compromete a suministrarles a sus hijos un bono único Decembrino por la cantidad de CINCUENTA MIL .....