En consecuencia, este Tribunal declara: PRIMERO: Se reconoce la relación laboral sostenida entre el ciudadano HECTOR OROZCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 8.165.479, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio WILFREDO CHOMPRE LAMUÑO, Inpreabogado N° 34.179, contra la sociedad mercantil INVERSIONES RUIZ PAREDES C.A., iniciada el 10-10-2018 y finalizada por despido injustificada el 20-06-2023, la cual generó el pago de las instituciones laborales, conforme lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.