PRIMERO: Sin lugar la apelación intentada; SEGUNDO: Se confirma el auto de fecha nueve (09) de octubre de 2008, dictado por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Apure, mediante la cual insta a la parte demandada a otorgar poder de conformidad con lo establecido en el Título Tercero, Cláusula Décimo Tercera del Acta Constitutiva de dicha empresa, en el lapso de tres (3) días hábiles (...); TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.