(...) En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR LA INHIBICIÓN propuesta por la Abogada Belkis Delgado Prieto, en su condición de Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, mediante Acta de Inhibición de fecha quince (15) de octubre de 2014, en el juicio por Cobro de Prestaciones Sociales, seguido por el ciudadano MARLON BENAVENTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.611.219, contra el ciudadano CARLOS ROMAN TOME VILA; Segundo: Se ordena remitir el presente asunto a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Apure, para que remita al Juez que le corresponda conocer .....