Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Con lugar el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante; SEGUNDO: Se revoca el fallo apelado dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, que declaró la prescripción de la acción. TERCERO: Parcialmente con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, interpuesta por el ciudadano DELGADO GUILLERMO, en contra de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE, a la cual se condena a cancelar las siguientes cantidades: antigüedad nuevo régimen SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES BOLÍVARES CON VEINTE CÉNTIMOS (Bs.78.883,20); prestación de antigüedad por término de la relación laboral, SETENTA Y OCHO MIL OC.....