En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA INHIBICIÓN propuesta por la Abogada NANCY GRISELYS SILVA, en su condición de Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, mediante Acta de Inhibición de fecha veintiuno (21) de diciembre de 2006, en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales, seguido por la ciudadana CASTILLO YARITZA MARÍA, contra el ESTADO APURE; SEGUNDO: Se ordena remitir el presente asunto al Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure para que la Juez designada al efecto conozca la presente causa.