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Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Con lugar la apelación intentada por el abogado DUGLA ARGENIS VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 96.935, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la decisión de fecha seis (06) de junio de 2013, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Trabajo de esta Circunscripción Judicial, que declaró el desistimiento del procedimiento en la acción intentada por la ciudadana Margolida Ramona Uviedo, contra la Asociación Cooperativa Transporte Biruaca-San Fernando, R.L.; SEGUNDO: Se revoca el fallo antes mencionado y se repone la causa al estado de que el Tribunal de la misma fije nueva oportunidad para celebrar la audiencia preliminar, sin necesidad de librar n.....