En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR LA INHIBICIÓN propuesta por la Abogada NANCY GRICELIS SILVA, en su condición de Juez Segundo de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, mediante Auto de Inhibición de fecha catorce (14) de junio de 2005, en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales sigue el ciudadano Carrasquel Fabián Ramón, contra el Instituto Autónomo de Salud del Estado Apure; Segundo: Se ordena remitir el presente asunto al Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial para que el Juez designado al efecto conozca la presente causa.
Publíquese, regístrese y remítase inmediatamente el expediente al Tribunal antes mencionado a quien le corr.....